Reglamento Estudiantil de EDUGUIDERS
Normas de organización académica, convivencia, disciplina y funcionamiento interno para estudiantes.
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Capítulo I: Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
El presente Reglamento Estudiantil tiene por objeto establecer las normas de organización académica, convivencia, disciplina y funcionamiento interno aplicables a todos los estudiantes matriculados en los programas formativos impartidos por EDUGUIDERS, promoviendo un ambiente de respeto, responsabilidad, compromiso y excelencia académica.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Las disposiciones contenidas en este reglamento serán de cumplimiento obligatorio para todos los estudiantes, independientemente de la modalidad de enseñanza, ya sea presencial, virtual o híbrida, desde el momento de su inscripción y durante toda su permanencia en la institución.
Cuando las circunstancias lo ameriten, las disposiciones del presente reglamento también serán observadas por los tutores, facilitadores y demás colaboradores de EDUGUIDERS en aquello que resulte compatible con sus funciones.
Artículo 3. Carácter obligatorio
La inscripción en cualquiera de los programas académicos impartidos por EDUGUIDERS implica el conocimiento, aceptación y cumplimiento del presente Reglamento Estudiantil. El desconocimiento de sus disposiciones no exime de su cumplimiento ni de las consecuencias derivadas de su incumplimiento.
Artículo 4. Integración con el Contrato de Prestación de Servicios Educativos
El presente reglamento constituye un instrumento complementario al Contrato de Prestación de Servicios Educativos suscrito entre EDUGUIDERS y el estudiante.
En consecuencia, las materias expresamente reguladas en dicho contrato, incluyendo aquellas relativas a condiciones económicas, obligaciones contractuales, propiedad intelectual, tratamiento de datos personales, terminación de la relación contractual y demás aspectos jurídicos allí previstos, se regirán por las disposiciones del referido contrato, aplicándose el presente reglamento únicamente para desarrollar las normas de funcionamiento académico y convivencia institucional.
Capítulo II: Vida académica
Artículo 5. Asistencia
La asistencia regular a las actividades académicas constituye un elemento esencial del proceso de formación. Se espera que cada estudiante participe activamente en las clases, talleres, prácticas y demás actividades programadas dentro del curso correspondiente.
La inasistencia reiterada podrá afectar el adecuado aprovechamiento del programa, sin perjuicio de las consecuencias previstas en el contrato cuando resulten aplicables.
Artículo 6. Puntualidad
Los estudiantes deberán incorporarse a las actividades académicas en el horario establecido por EDUGUIDERS. El ingreso tardío podrá ser restringido cuando afecte el desarrollo normal de la clase o interrumpa el proceso de aprendizaje de los demás participantes.
Artículo 7. Justificación de ausencias
Cuando un estudiante no pueda asistir a una actividad académica, deberá informar oportunamente a EDUGUIDERS por los canales oficiales de comunicación.
La simple justificación de una ausencia no genera automáticamente el derecho a recuperar la actividad académica correspondiente, salvo que la institución así lo autorice conforme a la naturaleza del programa y la disponibilidad académica.
Artículo 8. Recuperación de clases
Cuando las condiciones académicas lo permitan, EDUGUIDERS podrá organizar mecanismos de recuperación de contenidos o actividades para aquellos estudiantes que, por causas justificadas, no hayan podido asistir a una clase.
La modalidad, fecha y alcance de dichas recuperaciones serán determinados exclusivamente por la institución, atendiendo a criterios académicos y de organización interna.
Artículo 9. Participación académica
Se espera que cada estudiante mantenga una actitud participativa durante el desarrollo de las actividades académicas, interviniendo de manera respetuosa, colaborando con sus compañeros y aprovechando los espacios de aprendizaje ofrecidos por la institución.
Artículo 10. Evaluaciones y actividades
Las evaluaciones, proyectos, prácticas y demás actividades académicas tendrán como finalidad medir el progreso del estudiante dentro del programa cursado.
Cada programa podrá establecer criterios particulares de evaluación, los cuales serán informados oportunamente al inicio del curso por el tutor o facilitador correspondiente.
Capítulo III: Normas de conducta y convivencia
Artículo 11. Respeto mutuo
EDUGUIDERS promueve un ambiente de aprendizaje basado en el respeto, la tolerancia y la colaboración. Todo estudiante deberá mantener una conducta respetuosa hacia sus compañeros, tutores, facilitadores, colaboradores y cualquier persona que participe en las actividades institucionales.
Artículo 12. Conductas incompatibles con la convivencia institucional
No serán toleradas conductas que alteren el normal desarrollo de las actividades académicas, incluyendo, entre otras:
- Agresiones físicas o verbales.
- Amenazas o actos de intimidación.
- Acoso o cualquier forma de discriminación.
- Lenguaje ofensivo o irrespetuoso.
- Actos que afecten la integridad o dignidad de cualquier miembro de la comunidad educativa.
Artículo 13. Ambiente de aprendizaje
Durante el desarrollo de las clases y actividades académicas, los estudiantes deberán contribuir al mantenimiento de un ambiente propicio para el aprendizaje, evitando interrupciones innecesarias, conversaciones ajenas al tema tratado o cualquier conducta que dificulte el adecuado desarrollo de la actividad.
Artículo 14. Conducta en clases presenciales y virtuales
Los estudiantes deberán participar en las actividades académicas con respeto y responsabilidad, manteniendo una actitud acorde con el carácter formativo de la institución. En las clases virtuales deberán utilizar adecuadamente las herramientas tecnológicas puestas a su disposición y seguir las orientaciones impartidas por el tutor o facilitador.
Artículo 15. Comunicación institucional
Toda comunicación entre estudiantes, tutores y personal administrativo deberá realizarse con respeto, cortesía y por los canales oficiales establecidos por EDUGUIDERS. Las consultas académicas deberán formularse dentro de un horario razonable y atendiendo a las normas de convivencia digital establecidas por la institución.
Capítulo IV: Uso de instalaciones, recursos y plataformas
Artículo 16. Uso de instalaciones
Los estudiantes deberán utilizar de manera responsable las aulas, laboratorios, mobiliario y demás espacios destinados al desarrollo de las actividades académicas, procurando su conservación y buen estado. Todo daño ocasionado por uso indebido podrá generar la aplicación de las medidas previstas en este reglamento, sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en el contrato o en la legislación aplicable.
Artículo 17. Uso de equipos tecnológicos
Los equipos, dispositivos y recursos tecnológicos facilitados por EDUGUIDERS deberán emplearse exclusivamente con fines académicos. No se permitirá su utilización para actividades ilícitas, ofensivas o ajenas al proceso de enseñanza.
Artículo 18. Uso de plataformas virtuales
Las credenciales de acceso a las plataformas educativas son de uso personal e intransferible. El estudiante será responsable del uso adecuado de su cuenta y deberá mantener la confidencialidad de sus datos de acceso.
Artículo 19. Uso responsable de herramientas tecnológicas
EDUGUIDERS reconoce el valor de las herramientas tecnológicas y de inteligencia artificial como apoyo al aprendizaje. No obstante, su utilización deberá orientarse al fortalecimiento del proceso formativo y nunca a sustituir el trabajo intelectual propio del estudiante ni a facilitar conductas contrarias a la honestidad académica.
Artículo 20. Grabación y difusión de contenidos
Salvo autorización expresa de EDUGUIDERS, no estará permitida la grabación, reproducción, distribución o difusión de clases, materiales didácticos o cualquier contenido desarrollado dentro de los programas académicos.
Esta disposición busca proteger la privacidad de los participantes y el adecuado desarrollo de las actividades académicas, sin perjuicio de las normas sobre propiedad intelectual previstas en el Contrato de Prestación de Servicios Educativos.
Capítulo V: Régimen disciplinario
Artículo 21. Principios disciplinarios
Las medidas disciplinarias aplicadas por EDUGUIDERS tendrán un carácter formativo y buscarán preservar el orden, la convivencia y el adecuado desarrollo de las actividades académicas. Toda decisión será adoptada considerando la naturaleza de la conducta, su gravedad, las circunstancias en que ocurrió y los antecedentes del estudiante.
Artículo 22. Faltas leves
Se consideran faltas leves aquellas conductas que, sin afectar gravemente el desarrollo de las actividades académicas, constituyan un incumplimiento de las normas establecidas en el presente reglamento. Entre ellas podrán encontrarse:
- Retrasos reiterados.
- Interrupciones ocasionales durante las clases.
- Incumplimiento de instrucciones organizativas impartidas por el tutor.
- Uso inadecuado de los canales institucionales de comunicación.
Artículo 23. Faltas graves
Se consideran faltas graves aquellas conductas que afecten el ambiente académico, la seguridad, la integridad de las personas o el normal funcionamiento de EDUGUIDERS. Entre ellas podrán incluirse:
- Agresiones físicas o verbales.
- Amenazas o actos de intimidación.
- Acoso o discriminación.
- Daño intencional a equipos o instalaciones.
- Suplantación de identidad académica.
- Difusión no autorizada de clases o materiales institucionales.
- Cualquier otra conducta que comprometa seriamente la convivencia o el prestigio institucional.
Artículo 24. Medidas disciplinarias
Dependiendo de la gravedad de la conducta, EDUGUIDERS podrá aplicar una o varias de las siguientes medidas. La aplicación de una medida disciplinaria no impedirá que la institución adopte otras acciones previstas en el contrato o en la legislación vigente cuando corresponda.
- Llamado de atención verbal.
- Amonestación escrita.
- Suspensión temporal de actividades académicas.
- Cancelación de la matrícula, en los casos de mayor gravedad o de reincidencia.
Artículo 25. Derecho a ser escuchado
Antes de la imposición de una medida disciplinaria distinta de una llamada de atención verbal, el estudiante tendrá la oportunidad de exponer su versión de los hechos por los medios que EDUGUIDERS considere apropiados. La decisión adoptada será comunicada al estudiante por los canales institucionales.
Capítulo VI: Aspectos académicos y administrativos
Artículo 26. Comunicaciones oficiales
Las comunicaciones emitidas por EDUGUIDERS a través de sus canales oficiales se considerarán válidas para todos los efectos académicos y administrativos. Es responsabilidad del estudiante mantener actualizados sus datos de contacto y revisar periódicamente dichos canales.
Artículo 27. Constancias y certificaciones
Las constancias, certificaciones y demás documentos académicos serán emitidos por EDUGUIDERS conforme a sus procedimientos internos y a los requisitos establecidos para cada programa. Las condiciones administrativas relacionadas con su expedición se regirán por el Contrato de Prestación de Servicios Educativos y por las políticas institucionales vigentes.
Artículo 28. Actualización de datos
El estudiante deberá informar oportunamente cualquier cambio en sus datos personales, números telefónicos, dirección de correo electrónico o cualquier otra información necesaria para mantener una adecuada comunicación con la institución.
Artículo 29. Situaciones no previstas
Las situaciones académicas o disciplinarias no contempladas expresamente en el presente reglamento serán resueltas por la Dirección Académica o la autoridad institucional que EDUGUIDERS designe, procurando siempre una solución razonable, proporcional y compatible con los principios institucionales y con el Contrato de Prestación de Servicios Educativos.
Capítulo VII: Disposiciones finales
Artículo 30. Interpretación
La interpretación del presente Reglamento Estudiantil corresponderá a EDUGUIDERS, procurando su aplicación de buena fe, de manera objetiva y en armonía con el Contrato de Prestación de Servicios Educativos.
Artículo 31. Modificaciones
EDUGUIDERS podrá actualizar o modificar el presente reglamento cuando las necesidades académicas, organizacionales o legales así lo requieran. Toda modificación será comunicada oportunamente a los estudiantes por los medios institucionales.
Artículo 32. Entrada en vigencia
El presente Reglamento Estudiantil entrará en vigencia a partir de su aprobación por EDUGUIDERS y será aplicable a todos los estudiantes matriculados en los programas académicos impartidos por la institución.

